Qué derechos tenemos cuando nuestr@ hij@ enferma

15.01.2018

Cuando nuestr@ hij@ coge la gripe, una gastroenteritis o una otitis no tenemos derecho a ausentarnos del trabajo para cuidarlo.

El Estatuto de los Trabajadores contempla el permiso remunerado de 2 días por enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. 

En muchos países europeos existen permisos parentales retribuidos, creados especialmente para solventar situaciones familiares excepcionales relacionadas con el cuidado de nuestros hijos, como en los países nórdicos. 

Pero para enfermedades "cotidianas" de nuestr@s hij@s no tenemos nada, nuestro país sigue sin avanzar en este sentido, y las familias se tienen que arreglar como sea, asumiendo tanto el coste económico como el trabajo de cuidar a nuestros niñ@s, mayores y personas dependientes que tengamos a nuestro cargo, tarea que suele recaer en las mujeres.

Dando un motivo más a las empresas para evitar contratar a mujeres que tengan hijos a su cargo, con el consiguiente trato discriminatorio. 

Debemos saber que  los trabajadores que tengan hijos menores de 18 años y se encuentren afectados por un cáncer o enfermedad grave podrán pedir reducción de jornada para cuidarle y una prestación económica a fin de compensar la pérdida de ingresos debido a la reducción de jornada, esta medida viene contemplada en el Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio.

AQUÍ podéis leer el artículo que hice para Working Mama  sobre cuando nuestro hijo enferma.

Si necesitas asesoramiento jurídico escríbeme!!!

Agustina Rico

Abogada