Acoso Laboral 

21.05.2018

El conocido como mobbing o acoso laboral lo sufren más trabajador@s de los que podemos imaginar. Son aquellas situaciones que parece que les ocurren a los demás y que nunca nos pasará a nosotr@s.

Es un delito que viene tipificado en el artículo 173 del Código Penal español y castiga con penas de prisión de seis meses a dos años. Incluyendo los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y haciéndose valer de su superioridad, realicen contra otra persona de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, supongan grave acoso contra la víctima.

A grandes rasgos podemos decir que el mobbing o acoso laboral tiene lugar dentro de la empresa cuando el hostigador u hostigadores ejercen violencia psicológica de forma habitual, y durante un periodo de tiempo prolongado, sobre un@ compañer@ de trabajo con el propósito de hacerle la vida imposible para que dimita voluntariamente.

Espero que no tengas que pasar por ello, pues son situaciones desagradables y muy difíciles de sobrellevar, además las consecuencias para la víctima suelen ser devastadoras, aunque cada persona reacciona de forma distinta según las habilidades, capacidades o recursos que tenga para afrontar la situación.

En este artículo encontrarás información general sobre el acoso laboral, los tipos de acoso más habituales según quien es el hostigador y quien la víctima así como de las fases del acoso laboral y su importancia para poder identificarlas y tomar acción para pararlo a tiempo.

Veremos como el acoso afecta a nuestra salud física y emocional y qué posibilidades tenemos para denunciar estos hechos ante los Tribunales.

AQUÍ podéis leer el artículo que hice para Working Mama sobre la mobbing o acoso laboral.

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Agustina Rico

Abogada