El (mal)trato que les damos a los animales

21.12.2017

Flora Tristán, escritora y activista social,que emprendió una campaña a favor de la emancipación de la mujer, los derechos de los trabajadores y contra la pena de muerte en el s. XIX dijo, "dos cosas me admiran: la inteligencia de las bestias y la bestialidad de los hombres".

Y no puedo estar más de acuerdo con ella.

No se si será porque siempre he tenido perro y lo he considerado como parte de mi familia que el maltrato animal me molesta (por no decir otra palabra) y mucho.

Ya lo decía Mahatma Gandhi, "Un país, una civilización se puede juzgar por la forma en que trata a sus animales".

Y Immanuel Kant, "Podemos juzgar el corazón de una persona por la forma en que trata a los animales".

Cada vez es más habitual escuchar noticias sobre animales maltratados, quemados, ahorcados, mutilados,..., torturados por pura diversión, ejerciendo abuso de poder y superioridad sobre seres vivos indefensos.

Hace unos días leí una noticia sobre Candela, una perrita rottweiler que llevaba unos 7 años viviendo en la azotea de una casa, sin importarle a su dueña si hacía frío, calor, llovía, nevaba... que fue encontrada en grave estado de desnutrición y con heridas de diversa índole por todo su cuerpo. Por no hablar del daño psicológico que le causaron.

Y yo me pregunto ¿porqué esta persona decidió acoger a un perro si lo tenia en malas condiciones, en qué momento empezó a maltratar y a omitir los cuidados más elementales de su perro?

O las duras imágenes de un grupo de senderistas arrojando a un jabalí por un precipicio, pegándole con palos y riendo.

Y como estas podríamos enumerar muchísimas más noticias y otros tantos actos contra los animales que suceden a diario y no se denuncian.

Y vuelvo a preguntarme, ¿porqué? Pero son preguntas sin respuesta, vacías de contenido, imposibles de responder.

Albert Schweitzer, premio Nobel de la Paz 1952, también decía "Cualquiera que esté acostumbrado a menospreciar la vida de cualquier ser viviente está en peligro de menospreciar también la vida humana".

Y no iba desencaminado, en ocasiones hay un paso entre el maltrato animal y futuros delincuentes, depredadores, asesinos...

El maltrato contra los animales se ha relacionado con determinadas enfermedades mentales y el DSM-V que es el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la Asociación Americana de Psiquiatría que describe síntomas y otros criterios para diagnosticar trastornos mentales, recoge alguno de ellos, como el Trastorno Antisocial de la personalidad.

Pero no todos los que atentan contra los derechos de los animales padecen una psicopatología; algunas son personas aparentemente "normales" pero socialmente débiles que quieren mostrar su superioridad, otros que sienten desprecio por la vida de los animales al considerarlos seres inferiores debido a su educación, hay quien no muestra empatía hacia estos seres vivos, y otros que lo son por razones culturales, como los espectáculos con animales o fiestas populares, en las que el sufrimiento se ha normalizado tanto que muchas personas no son capaces de reconocer su padecimiento.

En el Código Penal de 1995, el maltrato animal era considerado como una falta, castigado con pena de multa.

No fue hasta la reforma penal de la LO 15/2003 de 25 de Noviembre, cuando el maltrato de animales domésticos se consideró delito en caso de conducta grave, y falta en supuestos leves. También se introdujo la falta de abandono de animales.

Hubo otra reforma en 2010, siendo la última y actual legislación la LO 1/2015, de 30 de Marzo.

El artículo 337 del Código Penal castiga penas de 3 meses y 1 día a 1 año de prisión con la pena accesoria de inhabilitación especial para ejercer cualquier profesión relacionada con los animales así como para la tenencia de animales, a quien maltrate de forma injustificada, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual a animales doméstico, a animales que vivan bajo control humano y a cualquier animal que no viva en estado salvaje.

En este caso el autor material del delito puede ser cualquier persona que contravenga la norma, no necesariamente tiene que ser el propietario del animal.

Se consideran circunstancias agravantes y por tanto se puede aplicar la pena prevista en su mitad superior, cuando para se hubieran utilizado armas o instrumentos peligrosos para la vida del animal. Si hubiera mediado ensañamiento o se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.

Y también se aplicará la pena en su mitad superior cuando los hechos se hayan llevado a cabo en presencia de un menor de edad.

La acción se considera dentro del tipo agravado si debido al maltrato se ocasionara la muerte del animal, imponiéndose una pena de 6 a 18 meses de prisión e inhabilitación especial de 2 a 4 años para el ejercicio de profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Serán castigados con la pena de multa de 1 a 6 meses los que maltraten cruelmente a animales ya sean domésticos o no lo sean, en espectáculos no autorizados legalmente.

Queda a discreción del Juez imponer la pena accesoria de inhabilitación especial de 3 meses a un 1 para el ejercicio de profesión relacionada con los animales y para la tenencia de animales.

El artículo 337 bis del Código Penal condena a penas de multa de 1 a 6 meses las conductas de abandono animal en caso de que peligre su vida o integridad, incluyendo la omisión de los deberes de cuidado básico de los animales.

En este caso el Juez decidirá si impone la pena de inhabilitación especial de 3 meses a un 1 para el ejercicio de profesión que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

Considero que la principal medida de prevención es trabajar y fomentar la educación de nuestros hij@s y no solamente en las escuelas sino en casa y desde pequeños, enseñar valores tan importantes como la empatía hacia los demás y hacia nuestros amigos los animales. 

A modo de conclusión decir que a pesar de haberse modificado y endurecido levemente el Código Penal, todavía queda mucho por hacer ya que sigue saliendo muy barato maltratar o abandonar a un animal.

Primeramente tendría que modificarse el artículo 337 C.P omitiendo el término "maltrato injustificado" porque no hay excusa ni motivo alguno para maltratar a ningún animal; el maltrato hacia cualquier ser vivo es maltrato y no se puede justificar nunca.

Se debería avanzar más y ampliar el bien jurídico protegido, que sea delito maltratar a todos los animales, independientemente de si el animal es doméstico o salvaje.

No se ha previsto como pena principal la inhabilitación para convivir con animales, ni la retirada de la custodia del animal maltratado. No se puede permitir que el animal siga conviviendo con su verdugo cuando ha sido maltratado; el propietario será juzgado pero el animal seguirá viviendo con él con el riesgo de volver a ser agraviado, sin ningún tipo de protección.

Si necesitas asesoramiento jurídico escríbeme!!!

¡A ver si entre todos podemos hacer del mundo un lugar mejor!

Agustina Rico.

Abogada