Las preguntas que NO deberían hacerte en una entrevista de trabajo
Las preguntas que NO deberían hacerte en una entrevista de trabajo
Nos han citado para una entrevista de trabajo, llevamos días, incluso
semanas esperando esta llamada y nos preparamos para la tan ansiada
reunión.
Pensamos en la ropa que nos pondremos para causar buena impresión,
imaginamos si el sueldo será el que ponían en su anuncio, si el horario
me permitirá conciliar, las preguntas que nos harán...
Debéis saber que hay preguntas que no deberían hacernos nunca en una entrevista de trabajo porque son discriminatorias y porque forman parte de nuestra vida privada (si, esa vida que muchos empresarios se creen que no tenemos) y es que hay vida más allá del trabajo.
Por otro lado, por desgracia, muchos de los entrevistadores no son conscientes de que éstas preguntas en realidad son ilegales y como están acostumbrados a que siempre se preguntaba acerca de los asuntos personales, pues lo siguen haciendo.
Falta la educación y la sensibilización sobre la importancia de hacer las preguntas adecuadas que realmente aporten un valor y ayuden en elegir el candidato con mejores competencias y conocimientos necesarios para desempeñar el puesto (no el candidato que esta pensando o no formar una familia en algún momento en su vida).
Además, cabe destacar que las preguntas acerca de la situación personal, no tienen ningún sentido porque las respuestas no proporcionarán ningún dato relevante del cual se puede extraer las competencias, capacidades o motivaciones (los factores que influyen directamente al rendimiento en el trabajo)
El "problema" está en que si nos enfrentamos al entrevistador y le
decimos que no queremos responder o que no nos parece adecuada su
pregunta, pues seguramente no nos llamarán para una segunda
reunión/entrevista y perderemos la oportunidad de trabajar para ellos.
Así que lamentablemente en ocasiones y según nuestras circunstancias
personales y familiares nos podemos ver obligados a obviar algunos
detalles o incluso mentir sobre nuestra vida privada.
Y como más vale prevenir que lamentar vamos a ver cuales son esas preguntas que no se deberían hacer en una entrevista de trabajo.
PREGUNTAS ACERCA DE NUESTRA EDAD
Está claro que el entrevistador puede hacerse una idea sobre la edad que
tenemos solo con vernos, pero debéis saber que es ilegal que nos
pregunten la edad.
Distinto es que en nuestro currículum hayamos puesta la fecha de nacimiento o que lo digamos sin que nos lo pregunten.
Si la persona que nos entrevista nos hace esta pregunta podemos
responder sin revelar nuestra edad, diciendo por ejemplo que "para mi la
edad nunca ha sido un impedimento para desempeñar el cargo".
Si por nuestra edad tenemos un perfil más senior, podemos decir "que
cuento con mucha experiencia y para mi que cumplir años es una ventaja
profesional ".
PREGUNTAS SOBRE NUESTRA NACIONALIDAD O RAZA
No deberían preguntarnos donde hemos nacido, de donde son nuestros
padres o cual es nuestro idioma nativo; esto son ejemplos de preguntas
que nos podrían hacer si observan que tenemos un aspecto físico o un
acento distinto.
Serían preguntas ilegales que no debería hacer el entrevistador, ya que
puede que tus orígenes hagan que el entrevistador te discrimine.
Ante este tipo de preguntas podemos responder que "hace tiempo que vivo
aquí y me siento de aquí" o también podemos contestar "he vivido y
trabajado en distintos países y esto me ha enriquecido".
PREGUNTAS SOBRE GÉNERO
En este caso la discriminación puede llegar a darse antes de la
entrevista, aunque nunca llegaremos a saberlo, puede ser que se nos
descarte al enviar nuestra solicitud por razón de sexo.
Por desgracia todavía hay empresas que evitan contratar a mujeres ante
la posibilidad de que pueda quedarse embarazada, existen pocas mujeres
en cargos de responsabilidad y los salarios no se han igualado.
Nunca deberían preguntar a una mujer en una entrevista si tiene
hijos o si tiene intención de quedarse embarazada en un futuro no muy
lejano.
Aunque conozco casos cercanos de hombres a los que en la entrevista se
les ha preguntado (de forma cordial y amigable) si tienen hijos y sus
edades, imagino que pensando que pedirán algún día de fiesta si el hijo
se pone enfermo o especulando sobre futuras reducciones de jornada.
En este caso puedes decir la verdad, pero corres el riesgo de que no les
gustes u optar por decir "le doy máxima prioridad a mi carrera
profesional y mi vida familiar nunca ha sido un impedimento para
desempeñar mi trabajo" o "si, los tengo y gracias a esta experiencia he
adquirido y desarrollado las competencias claves que hacen que mi perfil
profesional es mucho más potente"
PREGUNTAS SOBRE EL ESTADO CIVIL O LA SITUACIÓN FAMILIAR.
En una entrevista de trabajo nunca deberían hacernos preguntas relativas
a nuestra situación personal o familiar, como el estado civil (a la
empresa no debería importarle si estamos casados, somos solteros, viudos
o divorciados).
Tampoco deberían preguntarnos nunca si estamos embarazadas en el momento
de la entrevista, si somos homosexuales o heterosexuales.
Los entrevistadores suelen hacer estas preguntas ilegales de forma
indirecta, preguntando si podríamos conseguir que alguien cuidara de
nuestros hijos en caso de tener que hacer horas extras. Así que debemos
estar alerta y contestar por ejemplo "mi situación personal nunca ha
influido en mi carrera ni en capacidad profesional".
PREGUNTAS SOBRE RELIGIÓN O CREENCIAS
Es inconstitucional preguntar en una entrevista si eres religioso, ateo...
Nunca deberían preguntar o indagar si pertenecemos a alguna
organización, club o partido político. Tampoco deberían preguntar
nuestro peso ni la estatura, ni si tenemos antecedentes penales (excepto
cuerpos policiales que exigen determinados requisitos)
PREGUNTAS SOBRE SALUD Y DISCAPACIDAD
No estás obligado a contar en una entrevista si padeces alguna
enfermedad o si tienes algún tipo de discapacidad o minusvalía y es
ilegal que te pregunten. Pudiendo responder que "no es información
relevante para el puesto que ocuparías".
Para saber lo que es legal o ilegal que nos pregunten en una entrevista de trabajo nos basamos en la Constitución Española, su artículo 14
dice así "Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda
prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo,
religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o
social"
La Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de 22 de marzo de
2007, pretende eliminar los obstáculos que dificulten la igualdad de
género en nuestra sociedad.
Estatuto de los Trabajadores, artículo 4.2 c) reza así "En la relación de trabajo, los trabajadores tienen derecho:
c) A no ser discriminados directa o indirectamente para el empleo, o una
vez empleados, por razones de sexo, estado civil, edad dentro de los
límites marcados por esta ley, origen racial o étnico, condición social,
religión o convicciones, ideas políticas, orientación sexual,
afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua, dentro del
Estado español.
Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que
se hallasen en condiciones de aptitud para desempeñar el trabajo o
empleo de que se trate"
El artículo 17 del Estatuto de los Trabajadores trata sobre No discriminación en las relaciones laborales.
1. Se entenderán nulos y sin efecto los preceptos reglamentarios, las
cláusulas de los convenios colectivos, los pactos individuales y las
decisiones unilaterales del empresario que den lugar en el empleo, así
como en materia de retribuciones, jornada y demás condiciones de
trabajo, a situaciones de discriminación directa o indirecta
desfavorables por razón de edad o discapacidad o a situaciones de
discriminación directa o indirecta por razón de sexo, origen, incluido
el racial o étnico, estado civil, condición social, religión o
convicciones, ideas políticas, orientación o condición sexual, adhesión o
no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con personas
pertenecientes a o relacionadas con la empresa y lengua dentro del
Estado español.
Serán igualmente nulas las órdenes de discriminar y las decisiones del
empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como
reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción
administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del
principio de igualdad de trato y no discriminación"
Éstas son algunas de las leyes que nos amparan como trabajadores y que condenan la discriminación.
Ante una entrevista de trabajo con preguntas discriminatorias podemos acudir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social,
aunque a veces es complicado poder demostrar el trato discriminatorio
ocurrido dentro de la sala de reuniones y más cuando el tipo de
preguntas son verbales.
También es cierto que si no nos van a llamar para ocupar el puesto en
cuestión, y nos hemos sentido discriminados, humillados o acosados por
sus preguntas, podemos ponerlo en conocimiento de la Inspección de
Trabajo y Seguridad Social y que sean ellos los que decidan si deben o
no sancionar a la empresa, quizás de esta manera se lo pensarán dos
veces a la hora de volver a discriminar a otro candidato.
Os paso el link para sobre cómo presentar una denuncia formal ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el siguiente link.
Agustina Rico-Mama Legal
Publicado el 30/11/2016 para Working Mama.